Seguros de Riesgo del Trabajo

El seguro de riesgos del trabajo tiene como objetivo, otorgar a los trabajadores y patronos, los beneficios de compensación económica
PARA CUBRIR LAS PRESTACIONES MÉDICAS Y ECONÓMICAS, QUE SE DERIVEN DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL. Este seguro se tipifica como
un SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO Y UNIVERSAL que TODOS LOS PATRONOS deben contratar con el INS para proteger a sus trabajadores.
Coberturas:
- Asistencia médico - quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación.
- Prótesis y aparatos médicos que se requieran para corregir deficiencias funcionales.
- Prestaciones en dinero que, como indemnización por incapacidad temporal, permanente o por la muerte, se fijan en este Código.
- Gastos de traslado, en los términos y condiciones que establezca el reglamento de este Código.
- Gastos de hospedaje y alimentación, cuando el trabajador, con motivo del suministro de las prestaciones médico - sanitarias o de rehabilitación, deba trasladarse a un lugar distinto de la residencia habitual o lugar de trabajo. Por vía de reglamento, se fijará la suma diaria que por estos conceptos debe entregarse al trabajador, la que será revisada cada año.
- Readaptación, reubicación y rehabilitación laboral que sea factible otorgar, por medio de las instituciones públicas nacionales especializadas en esta materia, o extranjeras, cuando así lo determine el ente asegurador o, en su caso, lo ordene una sentencia de los tribunales.